La acreditación de la preexistencia del bien sustraído en el delito de robo agravado, Distrito de Sullana, 2023
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Fecha
2024-02-07
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Editor
Universidad Católica de Trujillo Benedicto XVI
Resumen
La presente tesis ha sido titulada “La Acreditación De La Preexistencia Del Bien Sustraído En El Delito De Robo Agravado, Distrito De Sullana, 2023”, siendo su objetivo general el determinar cuáles son los fundamentos jurídicos que obligarían a que se acredite la preexistencia del bien sustraído en el delito de robo agravado, distrito de Sullana, 2023. El problema analizado fue el siguiente ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos que obligarían a que se acredite la preexistencia del bien sustraído en el delito de robo agravado, distrito de Sullana, 2023?; asimismo, el método lógico empleado fue el deductivo y las técnicas para recolectar los datos empleados fueron la encuesta y el análisis de datos. Los resultados más relevante consideran distintas posturas principales, como por ejemplo, con respecto a la derogación del requisito de la valorización cuantificable, se tiene que el 90% de los encuestados no desean que el requisito de la valorización cuantificable en el delito de robo agravado sea derogado; asimismo, sobre los
parámetros del delito de robo agravado, consideran que los parámetros a emplear para la acreditación del bien apoderado en el delito de robo agravado, señalados por los encuestados, se fundamentan de la siguiente forma: 1) se debe establecer la vinculación patrimonial y el valor del bien apoderado; 2) licitud del bien apoderado, y 3) relación patrimonial y sindicación directa. La conclusión más relevante fue que en los procesos de delitos contra el patrimonio debe primar la certera convicción de la preexistencia del bien apoderado, debido a que en muchas oportunidades las personas que son víctimas de estos delitos generan suspicacias al momento de narrar los hechos e inclusive adulteran bienes inexistentes a fines de poder tener una considerable determinación de monto que presuntamente ha sido apoderado, debe considerarse asimismo lo que ampara el artículo 201° del Código Procesal Penal peruano. Esto refleja que la normatividad peruana se considera tanto la propia acreditación de la preexistencia del objeto apoderado, así como también la propia valorización del bien apoderado.
Descripción
Palabras clave
robo agravado, preexistencia del bien