Responsabilidad penal del tercero interesado en el delito de colusión en la ciudad de Ayacucho, 2022
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Fecha
2025-10-16
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Editor
Universidad Católica de Trujillo - Benedicto XVI
Resumen
La presente investigación titulado “Responsabilidad penal del tercero interesado en el delito de colusión en la ciudad de Ayacucho, 2022” tuvo como problema ¿qué responsabilidad penal tiene el tercero interesado en el delito de colusión en la ciudad de Ayacucho, en el periodo 2022?; a ese tenor su objetivo general fue determinar qué responsabilidad penal tiene el tercero interesado en el delito de colusión en la ciudad de Ayacucho, en el periodo 2022. En cuanto a su metodología es de tipo básica, enfoque cualitativo, nivel exploratorio descriptivo, y diseño no experimental, retrospectivo y transversal. La unidad de análisis fue expertos abogados conocedores en derecho penal y procesal penal de la ciudad de Ayacucho y así mismo fue legislaciones, doctrinas y jurisprudencias extranjeras; y para recolectar los datos se aplicó como técnica la entrevista y la observación; y como instrumentos se utilizaron la guía de la entrevista y la ficha de análisis documental o casos. La población y la muestra está representado por 10 expertos profesionales abogados entre ellos magistrados, fiscales y abogados litigantes quienes son conocedores a profundidad el derecho penal y procesal penal; Los resultados revelaron que la mayoría de los expertos entrevistados afirman que el tercero interesado debe de responder penalmente en calidad de participe o cómplice primario, esto porque se encuentra ante un delito de encuentro. En síntesis, se concluye que al tercero interesado recae su responsabilidad penal por tener una participación necesaria en el delito de colusión y no incurre en la impunidad.
Descripción
Palabras clave
Colusión, Tercero interesado, Responsabilidad penal.